

Servicios Ambientales
CERTIFICACIÓN DE BOSQUES PARA SERVICIOS AMBIENTALES. (Ley 3.001/06)
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El manejo racional de los bosques en nuestro País, se ha vuelto una deuda con el ambiente, con el avance de la frontera agrícola mecanizada intensiva, llegando al extremo de la conversión en letra muerta de los objetivos de la Ley 422/73 Forestal. Como incentivo económico al que pudo mantener parcelas de bosques con superficies equivalente a más del 25% de Reserva de Bosque natural en zonas Forestales en propiedades de más de 20 Hás. “Art. 42 de la Ley 422/73 Forestal”, se empieza a implementar la Ley 3.001/06 “De valoración y retribución de los servicios ambientales”.
Esta herramienta legal es un mecanismo por la cual se reconocen los servicios ambientales que los recursos naturales brindan en este caso el bosque y sus componentes, mediante el resarcimiento económico a los propietarios que brindan estos servicios. Mediante esta práctica se busca incentivar la preservación de bosques naturales y fomentar las reforestaciones con especies nativas y contribuir con la calidad de vida de la población y el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales para la vida.
Los principales ecosistemas proveedoras de estos servicios son los bosques primarios, secundarios, plantaciones forestales, sistemas agroforestales y otros ecosistemas generalmente asociados al bosque (humedales, pastizales naturales, nacientes). Estos ecosistemas permiten el funcionamiento de los ciclos naturales interrelacionados.
En la actualidad existen varias áreas certificadas para servicios ambientales (como se indica en el mapa), y está bajo Resolución 467/13 “Por la cual se certifica por Servicios Ambientales de bosques en el marco de la Ley N°3001/06 “De Valoración y Servicios Ambientales” de fecha 16 de diciembre de 2013.
El acceso a la certificación es voluntario y representa para su titular asumir el compromiso de cumplir con el cuidado de las áreas certificadas, durante todo el plazo de validez del Certificado de Servicios Ambientales (5 años).
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Karanday consultoría Ambiental, ofrece sus servicios para este trabajo, desde la percepción del Proyecto, la certificación y servicios de venta de los certificados obtenidos, a través de contactos directos (anexo planilla) o participación en licitación público para la adquisición de los servicios por empresas públicas, que están obligadas a adquirir por el valor del1% de la inversión en grandes proyectos viales, líneas de transmisión eléctrica, hidroeléctrica, etc.

​​Resolución SEAM 467/17
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Obras de alto Impacto Ambiental.
a) Construcción y ampliación de rutas nacionales.
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b) Construcción de represas hidroeléctricas, centrales térmicas o nucleares.
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c) Construcción de ductos en general (acueductos, gasoductos, oleoductos, mineraloductos o poliductos) a excepción de los conductos para aguas servidas y redes cloacales así como la provisión de agua potable.
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d) Instalación de líneas de transmisión de alta tensión.
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e) Construcción de establecimientos portuarios, aeroportuarios o industriales cuyas inversiones sean iguales o superiores a cincuenta millones (USD 50.000.000. -) de dólares americanos.
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2. Actividades de alto impacto ambiental
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a) Operación de hidroeléctricas o centrales térmicas o nucleares.
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b) Extracción de minerales sólidos, superficiales o de profundidad y sus procesamientos.
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c) Operación de refinerías de petróleo o sus derivados o industrias químicas o petroquímicas.
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